Autoridades facultadas para detener y lugares de detención
| Autoridad | Base jurídica | Duración / lugar |
|---|---|---|
| Órganos policiales del Ministerio del Interior | Artículos 72–74 de la Ley del Ministerio del Interior | Hasta 24 horas desde la detención efectiva, en dependencias policiales de detención. La persona debe ser puesta en libertad inmediatamente si desaparecen los motivos de la detención. |
| Agentes autorizados de la Agencia Estatal de Seguridad Nacional | Artículos 124б y 124в de la Ley de la Agencia Estatal de Seguridad Nacional, en relación con el artículo 4(1), puntos 11 o 13 | Hasta 24 horas cuando exista información sobre los delitos previstos en la ley. Es una facultad especial de detención establecida por ley, no una competencia general de investigación conforme al Código Procesal Penal. |
| Fiscal | Artículo 64(2) del Código Procesal Penal | Hasta 72 horas cuando sea necesario para llevar al imputado ante el tribunal en relación con una solicitud de prisión preventiva. La resolución del fiscal no sustituye a la decisión judicial sobre la prisión preventiva. |
| Policía Militar | Artículos 13 y 14 de la Ley de la Policía Militar | El artículo 13 permite la detención hasta 24 horas por los motivos legales respecto de las categorías de personas indicadas. El artículo 14 se refiere a otras personas por sus motivos específicos, con notificación inmediata y entrega a la policía. Son regímenes distintos. |
| Fiscal militar | Artículo 64(2) del Código Procesal Penal y normas especiales de los procedimientos militares | Hasta 72 horas para llevar al imputado ante el tribunal militar competente en relación con una solicitud de prisión preventiva, con sujeción a los requisitos legales y al control judicial. |
| Dirección de Migración — internamiento obligatorio en un centro especial para extranjeros | Artículo 44(5)–(10) y artículo 46а de la Ley de Extranjeros en la República de Bulgaria | Para organizar el retorno o la expulsión por los motivos legales, tras una valoración individual y el examen de medidas menos restrictivas. Para adultos, hasta seis meses, excepcionalmente hasta doce meses adicionales únicamente por los motivos previstos; las decisiones están sujetas a control judicial. Es obligatoria la puesta en libertad si desaparecen los motivos o deja de existir una perspectiva razonable de expulsión. A los menores se les aplican restricciones específicas. |
| Ejecución de una condena firme a pena privativa de libertad | Ley de Ejecución de Penas y Prisión Preventiva | Cumplimiento de la pena de prisión impuesta en el establecimiento previsto por la ley. Se distingue de la detención policial y de las medidas cautelares de la fase preliminar destinadas a asegurar la comparecencia. |
| El derecho de defensa letrada nace desde la detención o la restricción efectiva de la libertad. | ||
Fundamento jurídico: Ley del Ministerio del Interior; Ley de la Agencia Estatal de Seguridad Nacional; Ley de la Policía Militar; Código Procesal Penal; Ley de Extranjeros en la República de Bulgaria.